Micelio

Artículo 9

Corresponde Al Relator De La Corte Suprema La Distribución De La Gaceta Judicial A Las Oficinas De La República Y El Servicio De Los Canjes; Y Respecto De La Manera Como Lo Haga Dará Cada Año Informe, En El Mes De Diciembre, Al Presidente De La Corte Plena

Decreto 552 de 1917 · Por el cual se reglamenta la publicación y distribución de la Gaceta Judicial

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 9º. Corresponde al relator de la Corte Suprema la distribución de la Gaceta Judicial a las oficinas de la República y el servicio de los canjes; y respecto de la manera como lo haga dará cada año informe, en el mes de diciembre, al Presidente de la Corte Plena.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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