Micelio

Artículo 7

Cuando El Aporte Consista En Una Inversión Extranjera Y Ésta Se Encuentre Representada En Maquinaria, Equipos U Otros Bienes Importados, Deberá Además Estar Respaldado Con Documentos Tales Como: A) Autorización Del Departamento Nacional De Planeación O Del Organismo Competente Para El Efecto, En El Que Se Establezca El Monto De La Inversión Extranjera Y El Plazo Para Llevarla A Cabo; B) Manifiesto De Aduana; C) Licencia O Registro De Importación, Y D) Certificado De La Oficina De Cambios Del Banco De La República, Sobre El Tipo De Cambio Vigente En La Fecha De Nacionalización De Las Mercancías Objeto De Aporte

Decreto 1380 de 1990 · por el cual se reglamentan los artículos 126 y 132 del Código de Comercio.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Cuando el aporte consista en una inversión extranjera y ésta se encuentre representada en maquinaria, equipos u otros bienes importados, deberá además estar respaldado con documentos tales como

a)

Autorización del Departamento Nacional de Planeación o del organismo competente para el efecto, en el que se establezca el monto de la inversión extranjera y el plazo para llevarla a cabo;

b)

Manifiesto de Aduana;

c)

Licencia o registro de importación, y

d)

Certificado de la Oficina de Cambios del Banco de la República, sobre el tipo de cambio vigente en la fecha de nacionalización de las mercancías objeto de aporte.

Parágrafo

Si el permiso de funcionamiento ha de otorgarse para el establecimiento de una sucursal de Sociedad Extranjera, que pretenda iniciar negocios permanentes en el país, deberá cumplirse las mismas formalidades por parte del órgano competente de la casa principal y remitirse copia del acta debidamente autenticada o autorizada y traducida, según el caso en que conste la aprobación del avalúo así como los documentos de que trata el Presente artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1380 de 1990