° Cuando el aporte consista en una inversión extranjera y ésta se encuentre representada en maquinaria, equipos u otros bienes importados, deberá además estar respaldado con documentos tales como
Autorización del Departamento Nacional de Planeación o del organismo competente para el efecto, en el que se establezca el monto de la inversión extranjera y el plazo para llevarla a cabo;
Manifiesto de Aduana;
Licencia o registro de importación, y
Certificado de la Oficina de Cambios del Banco de la República, sobre el tipo de cambio vigente en la fecha de nacionalización de las mercancías objeto de aporte.
Si el permiso de funcionamiento ha de otorgarse para el establecimiento de una sucursal de Sociedad Extranjera, que pretenda iniciar negocios permanentes en el país, deberá cumplirse las mismas formalidades por parte del órgano competente de la casa principal y remitirse copia del acta debidamente autenticada o autorizada y traducida, según el caso en que conste la aprobación del avalúo así como los documentos de que trata el Presente artículo.