º. Dentro del primer mes de cada año calendario, el Banco de la República girará a Ecopetrol las utilidades acumuladas en el año inmediatamente anterior que correspondan a cada una de las entidades participes en el Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera. Ecopetrol girará en moneda nacional, las sumas correspondientes a cada entidad, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que las reciba.
Decreto 845 de 1996 →Vigente
Artículo 3
º
Decreto 845 de 1996 · por el cual se reglamenta la Ley 209 de 1995.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.