El auxilio votado por esta ley se incluirá preferencialmente en los presupuestos de las próximas vigencias, y si el congreso no hiciere la inclusión correspondiente o no dictare ley de apropiaciones, el gobierno lo hará mediante la apertura de los créditos necesarios o de las operaciones financieras tendientes al efectivo cumplimiento de lo dispuesto, para lo cual queda ampliamente autorizado.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.