Micelio

Artículo 1

Ley 57 de 1922 · Que adiciona el Código Fiscal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los empleados públicos a quienes la Corte de Cuentas comisione para notificar autos a los responsables del Erario o a otras personas, incurrirán en una multa de uno a diez pesos cada vez que dejen transcurrir más de diez días, desde el recibo del auto, sin hacer la notificación.

La multa será declarada por la Presidencia de la Corte de Cuentas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 57 de 1922