º. El Ministerio de Relaciones Exteriores fijará la política migratoria con la participación de las entidades oficiales de cualquier nivel, a las cuales corresponda intervenir en su ejecución y de acuerdo con lo previsto en este Decreto. La coordinación en esta materia se efectuará a través de una Comisión integrada por los Ministros de Relaciones Exteriores, Interior, Hacienda y Crédito Público, Desarrollo Económico, Comercio Exterior, Trabajo y Seguridad Social, los directores del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, y de Planeación Nacional, y el Director de Colciencias, o por sus delegados, que continuará con el nombre de Comisión Nacional de Migración, la cual expedirá su propio reglamento.
Decreto 2371 de 1996 →Vigente
Artículo 3
El Ministerio De Relaciones Exteriores Fijará La Política Migratoria Con La Participación De Las Entidades Oficiales De Cualquier Nivel, A Las Cuales Corresponda Intervenir En Su Ejecución Y De Acuerdo Con Lo Previsto En Este Decreto
Decreto 2371 de 1996 · Por el cual se dictan disposiciones sobre expedición de visas, control de extranjeros y se dictan otras disposiciones en materia de inmigración.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.