Micelio

Artículo 7

Facúltase A La Oficina De Control De Cambios, Importaciones Y Exportaciones Para Imponer A Los Importadores Comerciantes O Industriales Que Vendan Los Artículos Infringiendo Las Disposiciones Sobre Precios Dictadas Por El Estado O Las De La Ley 80 De 1948, Sobre Especulación Y Acaparamiento, Sanciones Consistentes En La Suspensión Del Otorgamiento De Licencias Hasta Por El Término De Un Año

Decreto 3747 de 1949 · por el cual se dictan algunas normas sobre control de cambios, se establecen sanciones para quienes violen las disposiciones sobre precios fijados por el Estado, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Facúltase a la Oficina de Control de Cambios, Importaciones y Exportaciones para imponer a los importadores comerciantes o industriales que vendan los artículos infringiendo las disposiciones sobre precios dictadas por el Estado o las de la Ley 80 de 1948, sobre especulación y acaparamiento, sanciones consistentes en la suspensión del otorgamiento de licencias hasta por el término de un año.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3747 de 1949