Micelio

Artículo 21

Del Comandante General

Decreto 2335 de 1972 · por el cual se reorganiza el Ministerio de Defensa Nacional.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Del Comandante General. El Comandante General de las Fuerzas Militares será un Oficial General o de insignia, en servicio activo, nombrado por el Gobierno, responsable ante el Ministro de Defensa de la instrucción, educación, disciplina, conducta, empleo, conducción y administración de las Fuerzas Militares. Además, tiene las siguientes funciones principales: 1ª Ejercer la conducción de las operaciones militares, cómo órgano de mando del Gobierno; 2ª Asesorar al Presidente de la República, al Ministro de Defensa y al Consejo Superior de la Defensa Nacional, en asuntos militares. 3ª Preparar todos los planes relacionados con la defensa nacional; 4ª Recomendar apropiaciones presupuestales para las Fuerzas, y 5ª Las que le señale el Código de Justicia Penal Militar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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