Micelio

Artículo 8

Ley 32 de 1932 · Por la cual se dictan algunas medidas relativas a la lucha contra la lepra y se adoptan otras disposiciones en el ramo de higiene

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los hospitales generales establecido con carácter oficial se podrá fundar con autorización de ellos pabellones para hospitalización y tratamiento de aquellos leprosos para la vida y que por su buen estado presenten probabilidades de curación, Previo Permiso del Departamento Nacional de Higiene permiso que solo concederá en vista de la capacidad y demás condiciones higiénicas que tengan los edificios para el objeto especial del aislamiento de los enfermos y siempre que se garantice la observancia exacta de las reglas que prescriba dicho Departamento.

Parágrafo

El Departamento Nacional de Higiene contratará con los respectivos hospitales el tratamiento de los enfermos de que trata el articulo anterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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