División de Seguridad . La División de Seguridad tiene las siguientes funciones
Asesorar al Procurador y al Viceprocurador en la formulación de políticas y programas de seguridad de la entidad.
Garantizar la seguridad personal y familiar del Procurador General, el Viceprocurador y, cuando sea necesario, de otros funcionarios de la entidad.
Prestar el servicio de protección a los funcionarios y a los bienes de la Procuraduría General.
Elaborar los estudios de seguridad que le encomienden el Procurador General o el Viceprocurador.
Llevar el inventario y velar por el uso adecuado y mantenimiento del armamento y equipo logístico necesario para el cumplimiento de las funciones de seguridad.
Formular propuestas para la celebración de convenios con organismos nacionales o internacionales, con el objeto de capacitar al personal de seguridad.
Las demás que le asignen la ley y el Procurador General. TÍTULO V SALA DISCIPLINARIA