º. Cuando un producto originario de la Confederación Suiza y el Principado de Liechtenstein, de la República de Islandia, o del Reino de Noruega esté comprendido en el artículo 22 (Productos Procesados Excluidos) de este decreto y también haga parte de las listas de desgravación previstas en los Capítulos Quinto, Sexto y Séptimo del presente decreto, deberá mantenerse el arancel correspondiente al programa de desgravación individualmente previsto para cada Estado AELC. CAPÍTULO II Sobre la desgravación de aranceles aduaneros a los productos industriales SECCIÓN A CATEGORÍAS DE DESGRAVACIÓN
Artículo 7
Cuando Un Producto Originario De La Confederación Suiza Y El Principado De Liechtenstein, De La República De Islandia, O Del Reino De Noruega Esté Comprendido En El Artículo 22 (Productos Procesados Excluidos) De Este Decreto Y También Haga Parte De Las Listas De Desgravación Previstas En Los Capítulos Quinto, Sexto Y Séptimo Del Presente Decreto, Deberá Mantenerse El Arancel Correspondiente Al Programa De Desgravación Individualmente Previsto Para Cada Estado Aelc
Decreto 29 de 2012 · por el cual se da cumplimiento a los compromisos arancelarios adquiridos por Colombia en virtud del Acuerdo de Libre Comercio entre la República de Colombia y los Estados AELC, el Acuerdo sobre Agricultura entre la República de Colombia y la República de Islandia, el Acuerdo sobre Agricultura entre la República de Colombia y el Reino de Noruega, y el Acuerdo sobre Agricultura entre la República de Colombia y la Confederación Suiza
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.