Artículo único. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE TRABAJO, HIGIENE Y PREVISION SOCIAL Del capítulo 35, artículo 190. Para material de las estaciones sanitarias, construcción, reparación y dotación de cuarentenarios $10.000 Del capítulo 35, artículo 194. Para establecer y auxiliar dispensarios antituberculosos y gastos generales de la campaña antituberculosa del país 40.000 Del capítulo 35, artículo 195. Para auxiliar y fomentar institutos profilácticos y dispensarios antivenéreos, y para gastos generales de la campaña antivenérea 30.000 Del capítulo 35, artículo 196. Para contratar servicios de protección infantil y materna, auxiliar instituciones dedicadas a este fin, siempre que se sometan a las normas del Ministerio, para fundar y sostener directamente instituciones de esta naturaleza en los casos en que sea necesario, incluyendo $ 25.000 para el Centro de Protección Infantil de Bello 40.000 Al capítulo 35, artículo 189. Para fundar, sostener y equipar Unidades y Comisiones Sanitarias y Centros mixtos de salud en cooperación con las entidades oficiales y particulares, o directamente, en los casos en que la Higiene Nacional lo considere necesario, y para saneamiento de puertos en la misma forma en el país 116.000 Al capítulo 36, artículo 204. Para gastos extraordinarios e imprevistos del Ministerio, y para atender al pago de medios sueldos por enfermedad comprobada 4.000 Sumas iguales $120.000 120.000 Comuníquese y publíquese.
Decreto 811 de 1939 →Vigente
Artículo 190
Para Material De Las Estaciones Sanitarias, Construcción, Reparación Y Dotación De Cuarentenarios $10
Decreto 811 de 1939 · Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de la vigencia fiscal en curso
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.