Las emisiones que se efectúen para mantener en circulación los cupos autorizados por el Decreto legislativo 382 de 1983 y las Leyes 34 de 1984, 55 de 1985, 7ª de 1986, 43 de 1987 y 78 de 1989, se denominarán únicamente “Emisión de Títulos de Ahorro Nacional, TAN”, y se distinguirán según su clase.
Decreto 489 de 1990 →Vigente
Artículo 10
Las Emisiones Que Se Efectúen Para Mantener En Circulación Los Cupos Autorizados Por El Decreto Legislativo 382 De 1983 Y Las Leyes 34 De 1984, 55 De 1985, 7ª De 1986, 43 De 1987 Y 78 De 1989, Se Denominarán Únicamente “emisión De Títulos De Ahorro Nacional, Tan”, Y Se Distinguirán Según Su Clase
Decreto 489 de 1990 · por el cual se ordena una emisión de títulos de deuda pública interna de la Nación denominados Títulos de Ahorro Nacional, TAN.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.