Micelio

Artículo 2

Las Ayudas Educativas, Becas O Subsidios, Se Otorgarán Para Estudiantes Colombianos, De Escasos Recursos Económicos Y De Acuerdo Con Los Reglamentos Del Icetex, Para Ingresar O Permanecer En El Sistema De Educación En Colombia, En Los Siguientes Niveles: A) Educación Básica Primaria; B) Educación Básica Secundaria Y Media Vocacional; C) Educación Superior, La Cual Comprende Las Siguientes Modalidades: 1

Decreto 2482 de 1986 · Por el cual se reglamenta la Ley 25 de 1977 en lo relativo al manejo de los Fondos Especiales constituidos en el ICETEX para ayudas educativas y el otorgamiento de becas y subsidios a estudiantes necesitados

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las ayudas educativas, becas o subsidios, se otorgarán para estudiantes colombianos, de escasos recursos económicos y de acuerdo con los reglamentos del ICETEX, para ingresar o permanecer en el sistema de educación en Colombia, en los siguientes niveles: a) Educación básica primaria; b) Educación básica secundaria y media vocacional; c) Educación superior, la cual comprende las siguientes modalidades

1.

Formación intermedia profesional.

2.

Formación tecnológica.

3.

Formación universitaria.

4.

Formación avanzada o de postgrado. d) Educación No Formal.

Parágrafo

Las ayudas educativas, becas o subsidios que se otorguen para la formación avanzada o de postgrado se podrán otorgar, además, para iniciar o continuar estudios en el exterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2482 de 1986