El RUNEOL debe renovarse dentro de los primeros tres (3) meses de cada año, salvo que la inscripción se realice dentro de este periodo, para lo cual la entidad operadora estará en la obligación de diligenciar el respectivo formulario. Cuando no se presente la solicitud de renovación del RUNEOL dentro del término establecido, no se porten todos los documentos o no se cumpla con la totalidad de los requisitos señalados en la ley, cesarán los efectos de oponibilidad derivados del registro y demás efectos consagrados en la ley. Una vez cesen los efectos, se debe proceder con una nueva inscripción, para lo cual se otorgará un nuevo Código Único de Reconocimiento que lo acredite como operador de libranza o de descuento directo. Normas concordantes: Artículo 2.2.2.49.2.8 del Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 1008 de 2020.
Artículo 1.11.4.2
Circular 100-000002 de 2022 · por la cual es necesario establecer instrucciones que fijen criterios técnicos y jurídicos que guíen, pr
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.