Ninguna Corporación de Ahorro y Vivienda aceptará hipoteca de segundo grado en garantía de créditos, salvo el caso de que la suma del crédito hipotecario preexistente y del que se va a garantizar con la segunda hipoteca sea inferior a las dos terceras partes del avalúo dado al inmueble por peritos nombrados por la Junta Directiva de la Corporación.
Decreto 1269 de 1972 →Vigente
Artículo 10
Decreto 1269 de 1972 · Por el cual se toman algunas medidas en relación con el ahorro privado y el funcionamiento de las Corporaciones Privadas de Ahorro y Vivienda de que tratan los Decretos números 677 y 678 de mayo 2 de 1972
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.