Micelio

Artículo 88

Decreto 2709 de 1983 · Por medio del cual se dicta el Estatuto de Valorización de la Corporación para la Reconstrucción y el desarrollo del Departamento del Cauca CRC.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 88 . El error acerca del nombre o identidad de la persona que ha de pagar la contribución, no afecta la validez o seguridad de la misma conforme al artículo 69 del presente Decreto. Pero si afecta su exigibilidad. El verdadero contribuyente estará obligado a pagar desde el momento en que se le notifique la nueva resolución, mediante la cual la Corporación le asigne la respectiva contribución actualizada mediante la aplicación de los indices de precios al por mayor (IPPM) del Banco de la República.

Parágrafo

Lo mismo ocurrirá, si se trata de gravar a quien, siendo propietario de predios dentro de la zona de influencia y habiendo este recibido beneficio, fue omitido en la resolución distribuidora de la contribución.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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