º Auméntase en tres ($ 3) mensuales la partida señalada para forraje de cada animal de los ganados pertenecientes a la guarnición de Bogotá, y en dos pesos ($ 2) para cada uno de los pertenecientes a la guarnición de Manizales, y a la de Ibagué.
Decreto 841 de 1924 →Vigente
Artículo 1
Auméntase En Tres ($ 3) Mensuales La Partida Señalada Para Forraje De Cada Animal De Los Ganados Pertenecientes A La Guarnición De Bogotá, Y En Dos Pesos ($ 2) Para Cada Uno De Los Pertenecientes A La Guarnición De Manizales, Y A La De Ibagué
Decreto 841 de 1924 · Por el cual se aumenta la partida para forraje de los ganados del Ejército
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.