Modificase el artículo 2 .13.1.12.6. del Capítulo 12 del Título 1 de la Parte 13 del Libro 2 del Decreto número 1071 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, el cual quedará de la siguiente manera: Artículo 2. 13 .1.12.6. Adopción del esquema Tarifario con la nueva Metodología. El Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), tendrá un plazo máximo de doce (12) meses a partir del 27 de enero de 2021, para definir e implementar su nuevo sistema de cálculo y fijación de tarifas de acuerdo con los lineamientos establecidos en la normatividad vigente.
Decreto 826 de 2021 →Vigente
Artículo 1
Modificase El Artículo 2
Decreto 826 de 2021 · Por el cual se modifica el artículo 2.13.1.12.6 del Decreto número 1071 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.