Micelio

Artículo 3

Ley 45 de 1933 · POR LA CUAL SE DETERMINAN LOS DERECHOS Y AUXILIOS DE LOS EMPLEADOS Y DEMÁS PERSONAL DE LA IMPRENTA NACIONAL

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para poderse acoger a los beneficios de que trata esta Ley, deberá comprobarse la enfermedad con certificación del médico oficial, cuyos servicios debe contratar el Gobierno para atender permanentemente al personal de la Imprenta Nacional en sus enfermedades y accidentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 45 de 1933