Micelio

Artículo 1

La "junta Pro-Damnificados De Cali", Creada Por El Decreto Número 1893 De 1956 Tendrá, Además De Las Funciones De Recolección Y Vigilancia De Los Fondos Que Le Asigna El Mismo Decreto, La De Consultor Del Gobernador Del Departamento Del Valle, En Quien Podrá Delegar Las Funciones Que Estime Necesarias

Decreto 1938 de 1957 · Por el cual se reglamentan unas disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La "Junta pro-Damnificados de Cali", creada por el Decreto número 1893 de 1956 tendrá, además de las funciones de recolección y vigilancia de los fondos que le asigna el mismo Decreto, la de consultor del Gobernador del Departamento del Valle, en quien podrá delegar las funciones que estime necesarias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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