Micelio

Artículo 2.2.3.3.3.3.4.5

Priorización De Los Proyectos De Sistemas De Autogeneración A Pequeña Escala A Partir De Fuentes No Convencionales De Energía En Barrios Subnormales

Decreto 1073 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Priorización de los proyectos de sistemas de autogeneración a pequeña escala a partir de fuentes no convencionales de energía en barrios subnormales.Una vez se verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente acto administrativo y la respectiva convocatoria, se realizará el procedimiento de priorización de proyectos, teniendo en cuenta los criterios con los factores de ponderación establecidos en cada convocatoria.Parágrafo 1°. La asignación de recursos se realizará según la prioridad establecida de los proyectos. Parágrafo 2°. Serán gastos elegibles del programa de normalización únicamente el suministro e instalación de las redes de distribución, los transformadores de distribución, las acometidas a las viviendas de los usuarios, el suministro e instalación de los sistemas de autogeneración a pequeña escala a partir de fuentes no convencionales de energía y los medidores o sistema de medición del consumo. En lo referente al desmonte del material existente a través del Programa de Normalización de Redes Eléctricas, su costo no podrá superar el tres por ciento (3%) del valor total del proyecto. En caso tal de requerir otros gastos diferentes a los descritos anteriormente, estos deberán contar con la correspondiente justificación técnica y soportes para ser presentados ante el comité de administración del PRONE quien es el encargado de aprobar la priorización de los planes, programas o proyectos a financiar.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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