°. Modificación del artículo 33 del Decreto número 0301 de 2024 . Modifíquese el artículo 33 del Decreto número 0301 de 2024, el cual quedará así: “Artículo 33. Prima de riesgo . El personal del Cuerpo de Custodia y Vigilancia y Carcelaria Nacional a que se refiere el artículo 185 del Decreto Ley 407 de 1994 tendrá derecho a una prima de riesgo, que no constituye factor salarial para ningún efecto legal, equivalente al treinta por ciento (30%) de la asignación o sueldo básico mensual. Asimismo, tendrán derecho a dicha prima los Directores y Subdirectores de Establecimiento Carcelario conforme al artículo 11 del Decreto número 446 de 1994.”.
Decreto 1537 de 2024 →Vigente
Artículo 2
Modificación Del Artículo 33 Del Decreto Número 0301 De 2024
Decreto 1537 de 2024 · por el cual se modifica el artículo 11 del Decreto número 446 de 1994, por el cual se establece el régimen prestacional de los servidores públicos del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y se modifica parcialmente el Decreto número 0301 de 2024 en lo relacionado con la prima de riesgo del INPEC.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.