Mercancías extranjeras. Los viajeros podrán transportar mercancías extranjeras desde el territorio departamental al resto del territorio nacional como equipaje o carga, de acuerdo con el régimen legal existente.
Ley 47 de 1993 →Vigente
Artículo 17
. Mercancías Extranjeras
Ley 47 de 1993 · por la cual se dictan normas especiales para la organización y el funcionamiento del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.