Artículo único . Del saldo no distribuido de la partida apropiada en el Capítulo 101, articulo 1467-A, del Presupuesto vigente, "Para construcción, reparaciones, adiciones, y mejoras, dotación de equipo de los diferentes edificios con destino a establecimientos de educación en el país, aporte para el stádium de Popayán, compra de terrenos, locales o edificios para los mismos establecimientos, según destinación que hará el Gobierno", hácese la siguiente distribución parcial: MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL Capítulo 101, articulo 1467-A. Ordinal 9. Para continuar la construcción de la Ciudad Universitaria de Bogotá $ 220.000.00 Ordinal 10. Para entregar al Instituto Nacional de Fomento Municipal, con destino a la construcción del Internado de Mitú 100.000.00 Comuníquese y publíquese.
Decreto 1871 de 1951 →Vigente
Artículo 1467
-A, Del Presupuesto Vigente, "para Construcción, Reparaciones, Adiciones, Y Mejoras, Dotación De Equipo De Los Diferentes Edificios Con Destino A Establecimientos De Educación En El País, Aporte Para El Stádium De Popayán, Compra De Terrenos, Locales O Edificios Para Los Mismos Establecimientos, Según Destinación Que Hará El Gobierno", Hácese La Siguiente Distribución Parcial: Ministerio De Educacion Nacional Capítulo 101, Articulo 1467-A
Decreto 1871 de 1951 · Por el cual se distribuye una partida
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.