º . Para garantizar el derecho de participación de los usuarios ante la Junta Directiva del Instituto Nacional de Cancerología - Empresa Social del Estado, las Alianzas o Asociaciones de Usuarios podrán reconocer y designar como representantes ante la Junta Directiva de dicho instituto a los familiares de los usuarios, siempre y cuando se reúnan las siguientes condiciones
Que el representante designado sea su cónyuge, compañero o compañera permanente; o que exista parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil, con el usuario;
Que el usuario no pueda valerse por sí mismo o haya manifestado expresamente su intención de ser representado por las personas de que trata el literal anterior.