Régimen de transición para la expedición de licencias, reconocimiento de edificaciones y otras actuaciones . Las solicitudes de licencias, reconocimiento de edificaciones, otras actuaciones asociadas a la Licencia y prórrogas que hubieren sido radicadas en legal y debida forma antes de la publicación del presente decreto, continuarán rigiéndose por las disposiciones vigentes al momento de su radicación. En relación con el cumplimiento del Reglamento Colombiano de Construcción Sismorresistente, para el estudio y trámite de las solicitudes de licencias radicadas en legal y debida forma a la fecha de expedición del presente decreto, se deberá observar lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto 926 de 2010.
Decreto 1469 de 2010 →Vigente
Artículo 135
Régimen De Transición Para La Expedición De Licencias, Reconocimiento De Edificaciones Y Otras Actuaciones
Decreto 1469 de 2010 · por el cual se reglamentan las disposiciones relativas a las licencias urbanísticas; al reconocimiento de edificaciones; a la función pública que desempeñan los curadores urbanos y se expiden otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.