Micelio

Artículo 17

La Visa, Al Ser Expedida, Será Identificada Con El Código Correspondiente, Según Lo Establezca El Ministerio De Relaciones Exteriores

Decreto 2371 de 1996 · Por el cual se dictan disposiciones sobre expedición de visas, control de extranjeros y se dictan otras disposiciones en materia de inmigración.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La visa, al ser expedida, será identificada con el código correspondiente, según lo establezca el Ministerio de Relaciones Exteriores. CAPITULO I De la Solicitud de Visa

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2371 de 1996