º . Objeto y ámbito de aplicación . El presente decreto se aplica a los procesos de postulación, calificación y asignación del subsidio familiar de vivienda de interés social rural, en sus componentes de retorno o reubicación, para la atención de los hogares que han sido desplazados por la violencia y que se encuentren debidamente incluidos en el Registro Unico de Población Desplazada administrado por la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional - Acción Social o la entidad que se designe para tal efecto.
En lo no previsto en este decreto, se aplicará lo dispuesto en el Decreto 973 de 2005 y las normas que lo sustituyan, modifiquen o adicionen.