ARTICULO 18 . División de Estadística . Conforme a las políticas e instrucciones del Jefe de la Oficina, son funciones de la División de Estadística, las siguientes
Recopilar, analizar y difundir las estadísticas relacionadas con la gestión tributaria nacional y territorial y con la operación aduanera;
Seleccionar la información económica relacionada con la actividad tributaria, aduanera y de comercio exterior;
Crear y administrar bancos de datos estadísticos relacionados con la actividad tributaria, aduanera y de control de cambios por importación y exportación de bienes y servicios;
Coordinar con las demás dependencias la elaboración, recopilación y análisis de las estadísticas que produzcan; y
Las demás que le asigne el Jefe de la Oficina Centro de Estudios Fiscales.