Artículo diez y ocho. Para sueldos del personal, alimentación y gastos varias de la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Pupiales (Nariño), se distribuye la partida de cuarenta y seis mil pesos ($ 46.000.00), apropiada en el Capítulo 94, artículo 1199 del Presupuesto Nacional Vigente, así: Sueldos en 12 meses, enero a diciembre: Mensual Total Director 300.00 3.600.00 Profesor de los Cursos Campesinos 290,00 3.430.00 Profesar Habilitado 260.00 3.120.00 Experto Agrícola 260.00 3.120,00 Mayordomo-Herramientero 120.00 1.440.00 Servicio doméstico 70.00 840.00 Sumas $ 1.300.00 15.600.00 Alimentación en 10 meses, febrero a noviembre Alimentación dé 4 empleados internos (Director y 3 Profesores a razón de $ 35.00 mensuales cada uno 140.00 1.400.00 Del Mayordomo-Herramientero y del servicio doméstico 60.00- 600.00 De 40 alumnos becados internos, a razón de $ 35.00 mensuales cada uno 1.400.00 14.000.00 De 20 alumnos externo de restaurante, a razón de $ 0.50 diarios cada uno, en 24 días de cada mes 240.00 2.400.00 Sumas 1.840.00 34.000.00 Alimentación en 2 meses, enero y diciembre: De un Profesor, el Mayordomo Herramientero y servicio doméstico 80.00 100.00 Gastos varios, febrero a noviembre: 100.00 1.000.00 Para combustibles, lubricantes, drogas, útiles de escritorio, excursiones, deportes y material de enseñanza 100.00 1.000.00 Para construcciones, reparaciones locativas, compra de maquinaria y herramienta agrícola, animales de servicio, cría y explotación, jornales, abonos, insecticidas, fungicidas, Cursas Campesinos y demás gastos 1.084.00 10.840.00 Total $ 46.000.00
Las partidas a que se refiere el presente Decreto serán giradas al Profesor Habilitado de la Escuela.