Micelio

Artículo 8

Bajo La Dirección Del Procurador Delegado Para La Policía Nacional, Los Visitadores Tendrán Las Siguientes Funciones: A) Visitar Las Oficinas De La Justicia Penal Militar En La Policía Nacional B) Visitar Cualquier Proceso Penal Militar En La Policía Nacional C) Informar Sobre Las Deficiencias Y Demoras En La Tramitación De Los Procesos Penales Para Que Sean Corregidas D) Solicitar Informes A Los Funcionarios Y Entidades De La Jurisdicción Castrense En La Policía Naciona

Decreto 292 de 1967 · por el cual se reglamenta el artículo 12 del Decreto legislativo 01667 de 1966.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Bajo la Dirección del Procurador Delegado para la Policía Nacional, los visitadores tendrán las siguientes funciones

a)

Visitar las oficinas de la Justicia Penal Militar en la Policía Nacional

b)

Visitar cualquier proceso penal Militar en la Policía Nacional

c)

Informar sobre las deficiencias y demoras en la tramitación de los procesos penales para que sean corregidas

d)

Solicitar informes a los funcionarios y entidades de la Jurisdicción Castrense en la Policía Naciona

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 292 de 1967