º. Créanse las siguientes plazas de Agentes, con destino a prestar sus servicios a las entidades que en seguida se indican: Un Agente para el Banco de la República. Dos Agentes para el Ferrocarril de Cundinamarca. Dos Agentes para las Salinas de Gacheta.
Decreto 774 de 1934 →Vigente
Artículo 1
Créanse Las Siguientes Plazas De Agentes, Con Destino A Prestar Sus Servicios A Las Entidades Que En Seguida Se Indican: Un Agente Para El Banco De La República
Decreto 774 de 1934 · Por el cual se crean unas plazas de agentes en la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.