Micelio

Artículo 17

Decreto 1126 de 1999 · por el cual se reestructura el Ministerio de Cultura

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dirección de Etnocultura y Fomento Regional . Son funciones de la Dirección de Etnocultura y Fomento Regional, las siguientes

1.

Asesorar al Ministro en la formulación de políticas, planes y proyectos que permitan fomentar y acrecentar las manifestaciones culturales en los diversos órdenes territoriales y delos grupos étnicos.

2.

Coordinar el desarrollo de las políticas que estimulen la creación cultural de la población, así como su participación en los proyectos y programas culturales.

3.

Orientar la implantación del Sistema Nacional de Cultura e incentivar la participación de sus diferentes instancias.

4.

Asesorar al Ministro en la formulación de las políticas de descentralización y regionalización de la cultura.

5.

Promover en los niveles territoriales la estructuración de organismos que tengan como objetivo el desarrollo, la coordinación y la divulgación de la cultura.

6.

Coordinar acciones tendientes a rescatar y apoyar las manifestaciones culturales de las regiones y de las etnias.

7.

Fortalecer la participación comunitaria en la actividad cultural y en la toma de decisiones que afirmen y enriquezcan su identidad a través de la promoción de Consejos Territoriales de Cultura y de consejos de área.

8.

Coordinar y propiciar la interacción de las diferentes dependencias del Ministerio con los niveles regionales, para el desarrollo de proyectos conjuntos.

9.

Dirigir, coordinar y propiciar interinstitucionalmente la programación y ejecución de actividades culturales.

10.

Interactuar con las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo del sector cultural.

11.

Dirigir y coordinar la elaboración de programas y proyectos de investigación, capacitación y organización que permitan la recuperación, conservación, promoción y difusión de la cultura.

12.

Asesorar a las entidades territoriales, en coordinación con la oficina de Planeación, con el Sistema de Información Cultural, SINIC, y con las demás dependencias concernidas, en la organización y sistematización de la información del sector cultural.

13.

Coordinar la ejecución de programas de capacitación para establecer una infraestructura de recursos humanos, en todo el territorio nacional, que permita el desarrollo de las actividades culturales.

14.

Propender por el diseño e implementación de currículos educativos en los cuales se tenga en cuenta la identidad cultural en coordinación con el Sistema Nacional de Formación Artística y Cultural.

15.

Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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