Activación del Comité Técnico de Articulación. El Comité Técnico de Articulación se activará de manera automática dentro de las 48 horas siguientes a la comunicación de ocurrencia de los siguientes eventos, entre otros:
Cuando un miembro o invitado del Comité Técnico de Articulación conozca una situación de riesgo u ocurrencia de confinamiento, y las entidades territoriales no hayan iniciado el proceso de verificación.
La secretaría técnica, en el tiempo máximo de 48 horas, realizará las siguientes actividades: (i) comunicar a las entidades del Comité Técnico de Articulación la ocurrencia del evento; (ii) solicitar a la administración municipal, con copia a la gobernación, iniciar el proceso de verificación; y (iii) convocar al CTJT extraordinario para identificar los riesgos alertados, en caso de requerirse.
Cuando la entidad territorial haya verificado el posible confinamiento sin convocar al CTJT.
La secretaría técnica, en el tiempo máximo de 48 horas, realizará las siguientes actividades: (i) comunicar a las entidades del Comité Técnico de Articulación la ocurrencia del evento; y (ii) solicitar a la administración municipal, con copia a la gobernación, que convoque al CTJT para activar respuesta humanitaria.
Cuando las entidades territoriales, en el marco de los CTJT, identifiquen falta de garantías de seguridad para verificar o atender el confinamiento y lo manifiesten a la secretaría técnica del Comité Técnico de Articulación.
La secretaría técnica, en el tiempo máximo de 48 horas, realizará las siguientes actividades: (i) comunicar a las entidades del Comité Técnico de Articulación la ocurrencia del evento; y (ii) remitir solicitud al Ministerio de Defensa Nacional y Ministerio del Interior, para su actuación según sus respectivas competencias.
Cuando la entidad territorial municipal requiera componentes de ayuda y atención humanitaria inmediata que no fueron subsidiados por la autoridad departamental.
La secretaría técnica, en el tiempo máximo de 48 horas, comunicará la ocurrencia del evento a las entidades del Comité Técnico de Articulación, para que brinden acompañamiento y movilicen su oferta institucional, según sus competencias.
Cuando ocurran múltiples confinamientos en un mes sin convocatoria departamental del CTJT.
La secretaría técnica, en el tiempo máximo de 48 horas, realizará las siguientes actividades: (i) comunicar a las entidades del Comité Técnico de Articulación la ocurrencia del evento; y (ii) solicitar a la Gobernación convocar al CTJT.
La precedente relación de circunstancias para activación automática del Comité Técnico de Articulación ha de entenderse como un conjunto mínimo para respuesta interinstitucional diligente, por lo que admite flexibilizarse en aras de dinamizar la protección a grupos vulnerables y la prevención de afectaciones a los derechos humanos. La reglamentación que disponga la Comisión Intersectorial para el Confinamiento podrá ajustar los supuestos referidos.
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