Artículo primero. A partir del 1° de enero de 1949 créase en la ciudad de Pereira un Centro de Higiene a cuyo cargo estará el desarrollo del siguiente programa: 1º Saneamiento en general que comprende
Control a expendios de leche y establecimientos especiales;
Vigilancia de hoteles, pensiones y casas de inquilinato;
Control de alimentos, expendios de carnes y plazas de mercado;
Campaña antí-parasitaria y anti-mosquisto (construcción de letrinas, pozos sépticos, drenajes y dedetizaciones.). 2º Epidemiología, control y prevención de enfermedades comunicables. 3º Tratamientos antí-paludicos, anti-rabíosos y control de enfermos leprosos en vigilancia. 4º Expedición de los carnets y patentes de sanidad. 5º Control de drogas, estupefacientes, farmacias y ejercicio ilegal de la medicina, odontología; farmacia, veterinaria y enfermería.