º . Créase la Junta Nacional del Bicentenario del Libertador, bajo la Presidencia Honoraria del Presidente de la República, la cual estará Constituida por las siguientes personas: - Los Expre sidentes Alberto Lleras Camargo y Misael Pastrana Barrero, quienes la presidirán. - El Ministro de Educación Nacional, quien en ausencia de los Expresidentes Lleras y Pastrana, presidirá la Junta. - General Gustavo Matamoros, Comandante de las Fuerzas Militares. - Doctor José Joaquín Gori. - Doctor Germán Arciniegas, Presidente de la Academia Colombiana de Historia. - Teniente Coronel Alberto Lo zano Cleves, Presidente de la Sociedad Bolivariana de Colombia. - Monseñor Rafael Gómez Hoyos. - Doctor Lucio Pabón Núñez. - Doctor Aurelio Caicedo Ayerbe. - Doctor Otto Morales Benítez. - Doctor Jaime Posada. - Doctor Pedro Gó mez Valderrama. - Doctor Jaime Jaramillo Arango. - General Álvaro Valencia Tovar. - Doctor José Alejandro Cortés, Presidente del Premio "Simón Bolívar". - Doctor Gabriel Betancur Mejía, en representación de la Fundación "Simón Bolívar", quien actuará como Coordinador General de la Junta.
Decreto 3268 de 1982 →Vigente
Artículo 2
Decreto 3268 de 1982 · por el cual se crea la Junta Nacional del Bicentenario Natalicio del Libertador y se declara 1983, año bolivariano.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.