Micelio

Artículo 3

Ley 90 de 1948 · Por la cual se fija la unidad monetaria y moneda de cuenta nacional, se confieren facultades extraordinarias al Presidente de la República y se dictan otras diposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La obligación de que trata el ordinal b) de la Sección 4º del artículo 4º del Pacto Monetario Internacional, será cumplida por el Banco de la República a nombre de la Nación, interviniendo en el mercado por medio de compras y ventas de cambio exterior, dentro de los límites previstos en dicha disposición, y de acuerdo con las normas de la presente Ley. De consiguiente, toda licencia para compra de cambio dará derecho al poseedor de ella para adquirir del Banco la moneda extranjera correspondiente, al precio resultante de la aplicación de la regla consignada en el presente artículo, con la excepción de que tratan los artículos 5º y 10 de esta Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 90 de 1948