Micelio

Artículo 11

Las Entidades, Administradoras De Recursos Naturales No Renovables Podrán Subcontratar En Todo O En Parte El Desarrollo De Este Programa De Legalización, En Aspectos Tales Como Asesorías, Diseños, Estudios, Interventorías Y Campañas De Divulgación

Decreto 2636 de 1994 · por el cual se reglamenta el artículo 58 de la Ley 141 de 1994

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las entidades, administradoras de recursos naturales no renovables podrán subcontratar en todo o en parte el desarrollo de este programa de legalización, en aspectos tales como asesorías, diseños, estudios, interventorías y campañas de divulgación. No se podrá subcontratar la definición de obligaciones y compromisos de los mineros ni el otorgamiento de títulos mineros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2636 de 1994