Los Principales Propósitos De La Inspección Ante-Mortem, Son: A) Identificar A Los Animales Que Estén Debidamente Descansados Para Que Después Del Sacrificio Puedan Proporcionar Carne Apta Para El Consumo Humano; B) Aislar Para Su Examen Clínico Detallado Y La Práctica De Pruebas Y Procedimientos Auxiliares De Diagnóstico, A Los Animales, Sospechosos De Presentar Enfermedades; C) Impedir La Contaminación De Las Salas De Sacrificio; D) Impedir La Contaminación De Los Equipos Y Del Personal, Por Causa De Animales Afectados De Enfermedades Transmisibles
Decreto 2278 de 1982 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Titulo V de la Ley 09 de 1979 en cuanto al sacrificio de animales de abasto público o para consumo humano, y el procesamiento, transporte y comercialización de su carne
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Los principales propósitos de la inspección ante-mortem, son
a)
Identificar a los animales que estén debidamente descansados para que después del sacrificio puedan proporcionar carne apta para el consumo humano;
b)
Aislar para su examen clínico detallado y la práctica de pruebas y procedimientos auxiliares de diagnóstico, a los animales, sospechosos de presentar enfermedades;
c)
Impedir la contaminación de las salas de sacrificio;
d)
Impedir la contaminación de los equipos y del personal, por causa de animales afectados de enfermedades transmisibles.
e)
Obtener la información que pueda ser necesaria o útil para la inspección post-mortem y el dictamen y evaluación sanitaria de las canales y despojos.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.