Micelio

Artículo 62

Corresponde Al Gobierno, En Ejercicio De Sus Facultades Constitucionales Y Legales, Como También De La Potestad Reglamentaria, Dictar Las Órdenes, Resoluciones Y Decretos Necesarios Para La Completa Ejecución De La Reorganización Administrativa Que Prevé El Presente Estatuto, Señalado, A La Vez, El Número De Funcionarios De Cada Dependencia Y Sus Respectivas Asignaciones

Decreto 550 de 1960 · Por el cual se adoptan normas generales para la reorganización y funcionamiento de la Presidencia de la República, de los Ministerios y de los Departamentos Administrativos

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponde al Gobierno, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, como también de la potestad reglamentaria, dictar las órdenes, resoluciones y decretos necesarios para la completa ejecución de la reorganización administrativa que prevé el presente estatuto, señalado, a la vez, el número de funcionarios de cada dependencia y sus respectivas asignaciones. CAPITULO XIX Disposiciones varias

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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