Micelio

Artículo 13

Decreto 2111 de 1997 · por el cual se reglamentan las disposiciones referentes a licencias de construcción y urbanismo, al ejercicio de la curaduría urbana, y las sanciones urbanísticas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Comunicación de la solicitud de las licencias . La solicitud de las licencias será comunicada por el curador o la autoridad municipal ante quien se solicite a los vecinos del inmueble o inmuebles objeto de la solicitud, para que ellos puedan hacerse parte y hacer valer sus derechos. La citación se hará por correo si no hay otro medio más eficaz. En el acto de citación se dará a conocer el nombre del solicitante de la licencia y el objeto de dicha solicitud. Si la citación no fuere posible o pudiere resultar demasiado costosa o demorada, ce insertará en la publicación que para tal efecto tuviere la entidad, o en un periódico de amplia circulación local o nacional, según el caso.

Parágrafo

Si el solicitante de la licencia no fuera el titular de los derechos reales principales del predio o predios objeto de la solicitud deberá citarse en los términos y para los efectos de este artículo, a quien aparezca como titular de derechos reales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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