Micelio

Artículo 4

Las Fábricas Tendrán Derecho A Que Se Les Deduzca De Sus Entregas De Cervezas, Para Efectos De La Liquidación Del Impuesto De Consumo, Las Ventas Que Realicen Directamente Para La Exportación, Siempre Que Ésta Se Compruebe Plenamente De Acuerdo Con Los Procedimientos Vigentes

Decreto 294 de 1969 · Por el cual se reglamenta el Decreto-ley 190 de 1969

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las fábricas tendrán derecho a que se les deduzca de sus entregas de cervezas, para efectos de la liquidación del impuesto de consumo, las ventas que realicen directamente para la exportación, siempre que ésta se compruebe plenamente de acuerdo con los procedimientos vigentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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