Lasestaciones de radiodifusión Sonora de carácter educativo, deberán transmitir programas elaborados con criterios didácticos y pedagógicos, destinados a elevar el nivel cultural y de formación de los diversos sectores de la población. La programación deberá tener aprobación previa del Ministerio de Educación Nacional.
Decreto 2948 de 1984 →Vigente
Artículo 5
Lasestaciones De Radiodifusión Sonora De Carácter Educativo, Deberán Transmitir Programas Elaborados Con Criterios Didácticos Y Pedagógicos, Destinados A Elevar El Nivel Cultural Y De Formación De Los Diversos Sectores De La Población
Decreto 2948 de 1984 · por el cual se expiden unas normas en materia de adjudicación de concesiones para el servicio de radiodifusión sonora de caracter educativo y cultural.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.