Micelio

Artículo 2

Ley 87 de 1928 · POR LA CUAL SE CONCEDE UNA AUTORIZACION AL GOBIERNO Y SE ORDENA LA CONTINUACION DE UNA OBRA EN EL PUERTO DE BUENAVENTURA.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para atender al gasto que demande esta prolongación, el Gobierno queda facultado para abrir los créditos correspondientes a la Ley de Apropiaciones de la próxima vigencia, y en el caso de que la obra no quedare concluida en el curso del año próximo, incluirá en el proyecto de apropiaciones del año de 1930 la cantidad necesaria para su terminación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 87 de 1928