Desde la sanción de la presente Ley, y mientras se revisan y reforman los Códigos y leyes sobre minas y tierras baldías, para ponerlas de acuerdo con las nuevas necesidades y conveniencias de la Nación, se suspenderá toda adjudicación de esos bienes de propiedad nacional, a favor de individuos, entidades o compañías extranjeras, en la región del Chocó y del Darién.
En las adjudicaciones que de tales bienes se hagan en la región expresada a nacionales colombianos, durante la vigencia de la presente Ley, se impondrá la obligación so pena de nulidad, de no poder traspasar los derechos provenientes de la adjudicación a individuos, entidades o compañías que no sean nacionales colombianos.