Micelio

Artículo 3

El Parágrafo Io Del Artículo 4° Del Decreto 398 De 1990, Quedará Así: Parágrafo 1°

Decreto 428 de 1991 · por el cual se modifica parcialmente el artículo 4º del Decreto 398 de 1990.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El

Parágrafo

Io del artículo 4° del Decreto 398 de 1990, quedará así:

Parágrafo 1

Los representantes de las Asociaciones de Padres de Familia, de los Coordinadores, de los decentes y de los empleados administrativos, serán elegidos por sus respectivas asambleas por un período de un año, reelegibles por una sola vez para un período igual.

Parágrafo 1

Artículo 4 DECRETO 398 de 1990

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 428 de 1991