Micelio

Artículo 3

El Gobierno Podrá, Por Medio De Decretos Reglamentarios, Determinar Las Funciones De Los Empleados De Las Dependencias Que Se Incorporan Al Ministerio De Obras Públicas En Virtud Del Presente Decreto; Crear, Suprimir O Refundir Empleos Dentro De Las Mismas; Fijar Sus Asignaciones Y Dictar Todas Las Medidas De Carácter Administrativo Que Considere Necesarias Para La Mejor Adaptación De Dichas Dependencias A Las Modalidades Del Expresado Ministerio

Decreto 3182 de 1950 · por el cual se incorporan al Ministerio de Obras Públicas varias dependencias administrativas.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Gobierno podrá, por medio de decretos reglamentarios, determinar las funciones de los empleados de las dependencias que se incorporan al Ministerio de Obras Públicas en virtud del presente Decreto; crear, suprimir o refundir empleos dentro de las mismas; fijar sus asignaciones y dictar todas las medidas de carácter administrativo que considere necesarias para la mejor adaptación de dichas dependencias a las modalidades del expresado Ministerio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3182 de 1950