° El Gobierno podrá, por medio de decretos reglamentarios, determinar las funciones de los empleados de las dependencias que se incorporan al Ministerio de Obras Públicas en virtud del presente Decreto; crear, suprimir o refundir empleos dentro de las mismas; fijar sus asignaciones y dictar todas las medidas de carácter administrativo que considere necesarias para la mejor adaptación de dichas dependencias a las modalidades del expresado Ministerio.
Artículo 3
El Gobierno Podrá, Por Medio De Decretos Reglamentarios, Determinar Las Funciones De Los Empleados De Las Dependencias Que Se Incorporan Al Ministerio De Obras Públicas En Virtud Del Presente Decreto; Crear, Suprimir O Refundir Empleos Dentro De Las Mismas; Fijar Sus Asignaciones Y Dictar Todas Las Medidas De Carácter Administrativo Que Considere Necesarias Para La Mejor Adaptación De Dichas Dependencias A Las Modalidades Del Expresado Ministerio
Decreto 3182 de 1950 · por el cual se incorporan al Ministerio de Obras Públicas varias dependencias administrativas.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.