° El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de abril de 1994. CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes.
Decreto 785 de 1994 →Vigente
Artículo 2
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
Decreto 785 de 1994 · por la cual se modifica el Decreto número 727 de abril 7 de 1994
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.