Micelio

Artículo 8

Definición Del Número De Curules Y Método De Asignación De Curules

Ley 1885 de 2018 · por la cual se modifica la Ley Estatutaria 1622 de 2013 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo 47 de la Ley 1622 de 2013 , quedará así:

Artículo 47. Definición del número de curules y método de asignación de curules. La definición del número de curules a proveer para cada Consejo Municipal o Local de Juventud lo determinará el número de habitantes:

Número de habitantes

Número de consejeros

> 100.001

20.001 - 100.000

< 20.000

Las curules de los Consejos Municipales y Locales de Juventud se distribuirán mediante el sistema de cifra repartidora entre todas las listas de candidatos.

Del total de miembros integrantes de los Consejos Municipales, Locales y Distritales de Juventud, el cuarenta (40%) por ciento será elegido por listas presentadas por los jóvenes independientes, el treinta (30%) por ciento postulados por procesos y prácticas organizativas de las y los jóvenes, y el treinta (30%) restante por partidos o movimientos con personería jurídica vigente.

Número de consejeros

Listas 40%

Curules

Proceso y prácticas organizativas 30% Curules

Curules

Partidos o movimientos políticos 30%

Curules

Total

6,8

5,1

5,1

5,2

3,9

3,9

2,8

2,1

2,1

Parágrafo

En caso de que alguno de los procesos y prácticas organizativas, listas independientes de jóvenes o movimientos y partidos políticos, no presente listas para participar en la elección, las curules se proveerán de acuerdo con el sistema de cociente electoral de las listas presentadas, con el fin de ser asignadas todas las curules a proveer.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1885 de 2018